FEMP (2014-2020)
Pregunta
La Autoridad de Gestión traslada las siguientes preguntas a los servicios de la CE respecto al plazo de conservación de documentos de expedientes en el FEMP.
En la actualidad, de acuerdo con el art. 140 RDC nº 1303/2013, y la circular remitida a los OIGs 1/2018 sobre mantenimiento de documentos, se opta por el mantenimiento de la documentación durante 2 años contados a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidoos los gastos definitivos de la operación concluida.
Respuesta
Respuesta de los Servicios de la Comisión:
Pendiente de contestación.